Descargar “Adhesión Obras Sociales FARMAS SA - V03”
DE_096_v03_2024_04_Adhesion-Obras-Sociales-FARMAS-SA.pdf – Descargado 2354 veces – 136,11 KB22/02/2024
Ver punto CARATULA DE PRESENTACION
Recetarios válidos:
- Recetarios oficiales o recetarios convencionales membretados pertenecientes a asociaciones médicas, hospitales, centros médicos, clínicas, sanatorios, médicos particulares, odontólogos, empresas de emergencia.
Recetarios inválidos:
- Recetarios de medicina laboral
Receta con Psicofármacos:
- Requiere duplicado de puño y letra del profesional.
Las recetas tienen validez 30 días desde la fecha de prescripción
Credenciales: • Oficiales de la entidad (ver muestra). • La compra puede ser realizada por el afiliado personalmente o un tercero, siempre que presente la credencial original del afiliado
Datos afiliados:
- Nombre y apellido y número de credencial de puño y letra del profesional y con la misma tinta.
Prescripción:
- Producto, dosis, tamaño y unidades de puño y letra del profesional y con la misma tinta.
- Cuando las dosis sea incorrecta la farmacia expenderá la próxima menor
- Cuando el tamaño sea incorrecto la farmacia expenderá la próxima menor
- Cuando las dosis no se encuentre especificada la farmacia expenderá el mínimo existente
- Cuando el tamaño no se encuentre especificado la farmacia expenderá el mínimo existente
Datos medico:
- Sello en original que contenga nombre y apellido y numero de matrícula.
Fecha y firma:
- Firma del profesional y fecha de prescripción de puño y letra del profesional y con la misma tinta (no se aceptan sello fechador o firmas digitales)
Genéricos:
- En caso de que se prescriba por principio activo se deberá expender la marca que el afiliado solicite. En todos los casos debe figurar mono drogas y dosis en vademécum
- Si el profesional prescribe por marca comercial en cobertura, el afiliado puede elegir reemplazarlo por alguno que conste en el listado de mono drogas incluidas para el plan.
- En el caso de tratarse de una marca comercial fuera de cobertura, la dispensa será válida, siempre y cuando conste en el vademécum una presentación que reemplace a la prescripta con la misma mono droga, dosis y presentación. Aclarar que se retira con conformidad del afiliado con firma y aclaración del mismo.
Datos de Facturación y conformidades
Importes y cálculos de descuentos:
- Todos los productos deben contener el precio unitario en el ticket o ser colocados por la farmacia en la receta debajo del troquel correspondiente
- Los precios unitarios de cada producto deben ser los que corresponden al Manual Farmacéutico y/o sus «fe de erratas» y/o actualizaciones vigentes a la fecha en que se produce la venta
- El ticket o en su defecto la receta deberá contener: Importe total público de los productos expendidos, porcentaje e importe a cargo de la Obra Social, porcentaje e importe a cargo del afiliado y la fecha de venta
- Toda receta debe estar confirmada por el afiliado o tercero que realiza la compra colocando Firma, Aclaración y su Nº de Documento en el ticket o en el lugar donde se encuentre el importe a cargo del afiliado
- La farmacia debe colocar en la receta el troquel de cada envase expendido teniendo especial cuidado de no tapar con los mismos la prescripción
- A las recetas se le debe colocar el sello de la farmacia en cualquier lugar libre de la receta (no debe taparse ningún dato ni prescripción)
- MUY IMPORTANTE: las farmacias ubicadas en Cap. Fed. Y GBA solo pueden presentar recetas del mes de consumo y/o el próximo anterior. Las farmacias ubicadas en el interior solo de los últimos 60 días.
Tratamiento de las enmiendas
En la prescripción:
- En el caso de la fecha, puede ser salvado por el farmacéutico, en otros casos comunicarse a FARM+ S.A. (para solicitar autorización)
En los datos del afiliado:
- En el caso en que figuren datos erróneos, como ser nº del afiliado, nombre y apellido del mismo o en la fecha de venta, pueden ser enmendadas por el farmacéutico a cargo, con firma y sello habilitante
En los datos de facturación:
Cuando los importes y/o cálculos de descuento deban ser corregidos, la enmienda debe estar salvada por el afiliado o tercero que dio la conformidad original.
Ítems por receta: • Lo prescripto por el profesional. Tamaños máximos por ítem: • Lo prescripto por el profesional. Consideración de tamaños: Se considera grande al tamaño siguiente al menor Para tamaños mayores deberá estar colocada la cantidad exacta de unidades del envase
- Plan 40% : 40% de descuento en medicamentos del Vademécum Ambulatorio OSPAP 40%
- Plan 70%: 70% de descuento en medicamentos del Vademécum Ambulatorio OSPAP 70%
- Plan 100%: 100% de descuento en medicamentos del vademécum PMI OSPAP 100%
IMPORTANTE: (Ver normativas del Plan Crónicos en punto «Observaciones»)
PLAN MATERNO INFANTIL
DESCUENTO A EFECTUAR: 100%
IDENTIFICACION DEL AFILIADO
- EMBARAZADA: CREDENCIAL DE OSPAP
- NIÑO MENOR A UN AÑO: VERIFICAR A LA MADRE/PADRE EN EL PADRON O BIEN PRESENTE DOCUMENTACIÓN QUE VERIFIQUE SU FILIACIÓN (CREDENCIAL Y DNI DE LA MADRE O DEL PADRE)
RECETARIO:
Oficial de O.S.P.A.P. PMI (recetario color rosado, los recetarios cuentan con numeración). La atención del plan debe realizarse con la presencia del afiliado titular o tercero interviniente con carnet del titular, o copia del mismo (VER ACLARACIÓN AL FINAL DE LAS NORMAS) Máximo dos recetarios por afiliado por mes.
MUY IMPORTANTE:
En caso de no presentar dicho recetario oficial, también puede concurrir con recetario autorizado por la entidad (ver “modelo de sello de autorización de recetas” al final de la norma)
VENCIMIENTO DEL BENEFICIO:
Embarazada: un mes posterior al parto.
Niño: El beneficio vence cuando cumple un año.
PRODUCTOS CON COBERTURA:
Embarazada: Vademécum PMI
Niño: Vademécum PMI
Prescripciones
- En caso de que se prescriba por principio activo se deberá expender la marca que solicite el afiliado (siempre verificar el listado de mono drogas incluidas para dicho plan).
- Si el profesional prescribe por marca comercial en cobertura, el afiliado puede elegir reemplazarlo por alguno que conste en el listado de mono drogas incluidas para el plan.
- En el caso de tratarse de una marca comercial fuera de cobertura, la dispensa será válida, siempre y cuando conste en el vademécum una presentación igual a la prescripta con la misma mono droga, dosis y presentación. Aclarar que se retira con conformidad del afiliado con firma y aclaración del mismo
COBERTURA LECHES
Cobertura de Leches Medicamentosas Recetada hasta el año de vida.
VENCIMIENTO DE LA RECETA: 30 DIAS
AUTORIZACIONES ESPECIALES:
Pueden ser emitidas por Farm+ con código de autorización o sello y firma autorizante. (Generalmente fax autorizante). También pueden ser autorizadas por la entidad. (Ver “modelo de sello de autorización” de recetas)
En caso de que la receta tuviese datos erróneos, como ser nº del afiliado, en el nombre y/o apellido del mismo, los mismos pueden ser enmendados por la farmacia con conformidad del afiliado (firma y sello del afiliado y farmacia).
Por favor se solicita, que de manera mensual, puedan descargar desde nuestra página Web de Farm+,
(www.farmmas.com.ar), nuestras actualizaciones, para lograr de esta manera una mejor atención, no dude que, ante cualquier consulta, puede contactarse al 4328-5061 (INT. 13 y 15).
“Modelo de sello de autorización de recetas”
5%
Ver vademécum
Mensual
Verificar padrón de activos del mes de venta, en caso de no figurar en dicho padrón, no se puede dar cobertura
No se validan las recetas, pueden controlar en el padrón que los afiliados estén afiliados.
El padrón se actualiza todos los meses, y está disponible para descargarlo en http://farmmas.com.ar/descargas.html en la sección “descargas OSPAP”.
La carátula se obtiene de AUTOGESTION SOCIOS una vez cargada la información.
22/02/2024
RECORDATORIO- INSTRUCTIVO DE PRESENTACIONES DE RECETAS DE OB SOC LIQUIDACIONES.A partir del 1º de abril del 2023, las presentaciones de consumos deben presentarse de la siguiente manera, sin excepción:Las farmacias del INTERIOR del país, solo podrán presentar recetas del mes de consumo calendario y/o el mes de consumo calendario anterior.Cabe recordar que para las farmacias de interior serán también tomados en cuenta aquellos recetarios de hasta los últimos 45 díasLas presentaciones deberán realizarse con el lote de presentación generado a través de la interfaz de “MIS VALIDACIONES” para aquellas entidades que operen con dicha plataforma.Aquellos recetarios recibidos con fecha posterior al mes presentado, serán procesados para el mes siguiente.Recuerden que los lotes no pueden contener recetas de diferentes periodos, los mismos se cierran del 1 al 30/31 del mes corriente.
Normativas O.S.P.A.P. CRONICOS
Para el correcto funcionamiento de la Cobertura de medicamentos crónicos con el 70% de descuento se deberá proceder de la siguiente manera:
Las Seccionales de OSPAP tendrán en su poder los recetarios para dispensa de medicamentos de tratamiento crónico y el vademécum “Listado de Medicamentos con Cobertura del 70%” correspondiente, a fin de verificar todos los productos de dicho vademécum.
Cabe aclarar que también serán validos recetarios autorizados por la entidad. (Ver al final de la norma el “modelo de sello de autorización de recetas”)
El afiliado concurrirá, con la receta del médico prescriptor, con la indicación de la medicación y la necesidad del tratamiento de cronicidad, a la seccional, si alguno de los productos que consume corresponde al Listado de Crónicos con el 70% de descuento.
El Listado de Crónicos representa los medicamentos con las drogas que la Superintendencia de Salud indica que tienen el 70%.
Si el medicamento se encuentra en el listado y la cronicidad ha sido indicada por el médico prescribiente, la seccional le entregará al afiliado la receta de cronicidad para que este la lleve a su médico habitual y el médico la complete en su totalidad para poder comprar en las farmacias con el descuento especial de este listado.
Cobertura:
- 70% de descuento únicamente sobre productos del Listado de Medicamentos con Cobertura del 70%
Credenciales:
- Oficiales de la entidad (ver muestra)
- La compra puede ser realizada por el afiliado personalmente o un tercero, siempre que presente la credencial original del afiliado
Afiliados:
- Verificar padrón activos del mes de venta, en caso de no figurar en dicho padrón
Recetarios válidos:
- Recetarios oficiales de cronicidad (ver modelo), o en su defecto recetarios autorizados por la entidad.
Receta con Psicofármacos:
- Requiere duplicado de puño y letra del profesional.
Normativa de prescripción
Datos afiliados:
- Nombre y apellido y número de credencial de puño y letra del profesional y con la misma tinta.
Prescripción:
- La Receta debe estar prescripta por Denominación Genérica Internacional (nombre de la mono droga o compuesto), dosis (MG, mcg, MUI, etc.), forma farmacéutica (comp., iny, jbe, etc.) y tamaño (50 comp., 120 ml, etc.) de puño y letra del profesional y con la misma tinta. El profesional puede adicionar una marca comercial de referencia.
Datos medico:
- Sello en original que contenga nombre y apellido y numero de matrícula.
Fecha y firma:
- Firma del profesional y fecha de prescripción de puño y letra del profesional y con la misma tinta (no se aceptan sello fechador o firmas digitales).
Genéricos:
- En caso de que se prescriba por principio activo se deberá expender la marca que solicite el afiliado (siempre verificar el listado de mono drogas incluidas para dicho plan).
- Si el profesional prescribe por marca comercial en cobertura, el afiliado puede elegir reemplazarlo por alguno que conste en el listado de mono drogas incluidas para el plan.
- En el caso de tratarse de una marca comercial fuera de cobertura, la dispensa será válida, siempre y cuando conste en el vademécum una presentación igual a la prescripta con la misma mono droga, dosis y presentación. Aclarar que se retira con conformidad del afiliado con firma y aclaración del mismo
Validez:
- Las recetas pueden contener la prescripción de hasta 90 días de tratamiento y caducan a los 90 días desde la fecha de inicio del tratamiento (primera venta, inicio de la adquisición)
- Las recetas tienen validez 20 días para el inicio de la adquisición desde la fecha de prescripción.
- La farmacia solo expenderá mensualmente la cantidad mínima necesaria para el tratamiento de 30 días, de acuerdo a la dosis diaria que indique el profesional en la receta.
Límites de la cobertura
Ítems por receta:
- Lo prescripto por el profesional
Tamaños máximos por ítem por mes:
- Mensualmente hasta la caducidad de la receta la cantidad mínima necesaria para el tratamiento de 30 días.
Cobertura y exclusiones
- Productos del Listado de Medicamentos con Cobertura del 70%
- Insulinas 100% de cobertura y tiras reactivas al 70% de cobertura con autorización previa de Salud Industrial.
Datos de Facturación y conformidades
Importes y cálculos de descuentos:
- La farmacia recibirá la receta de cronicidad y realizara 2 fotocopias de la misma.
- El Original deberá facturarlo en la primera facturación/entrega realizada y las fotocopias en cada facturación subsiguiente
- La facturación será nula si es presentada con posterioridad a los 60 días desde la fecha de venta de cada una de las provisiones
- Todos los productos deben contener el precio unitario en el ticket o ser colocados por la farmacia en la receta
- Los precios unitarios de cada producto deben ser los que corresponden al Manual Farmacéutico y/o sus «fe de erratas» y/o actualizaciones vigentes a la fecha en que se produce la venta
- El ticket o en su defecto la receta deberá contener: Importe total público de los productos expendidos, porcentaje e importe a cargo de la Obra Social y porcentaje e importe a cargo del afiliado y la fecha de venta
- La farmacia debe colocar en la receta el troquel de cada envase expendido teniendo especial cuidado de no tapar con los mismos la prescripción
- Tanto la receta original como las fotocopias para las siguientes entregas deben ser conformadas por el afiliado o tercero que realiza la compra colocando Firma, Aclaración, Fecha y su Nº de Documento en el ticket o en el lugar donde se encuentre el importe a cargo del afiliado, para la receta original y las copias, al momento de efectuar cada compra
- A las recetas se le debe colocar el sello de la farmacia en cualquier lugar libre de la receta (no debe taparse ningún dato ni prescripción)
- MUY IMPORTANTE:
Tratamiento de las enmiendas
En la prescripción:
- En el caso de la fecha, puede ser salvado por el farmacéutico, en otros casos comunicarse a FARM+ S.A. (para solicitar autorización)
En los datos del afiliado:
- En el caso en que figuren datos erróneos, como ser nº del afiliado, nombre y apellido del mismo o en la fecha de venta, pueden ser enmendadas por el farmacéutico a cargo, con firma y sello habilitante
En los datos de facturación:
- Cuando los importes y/o cálculos de descuento deban ser corregidos, la enmienda debe estar salvada por el afiliado o tercero que dio la conformidad original.
Muy importante:
En caso de no presentarse recetario oficial, cabe recordar que también serán válidos aquellos recetarios que contengan autorización directamente de la entidad (O.S.P.A.P)
(la entidad no es ospap, es salud industrial)