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Recetario

Se reciben recetarios: OFICIAL, PARTICULAR o de INSTITUCIONES

Para obtener el descuento establecido, el afiliado deberá acreditar su identidad con el documento respectivo y la credencial.

13/09/2023

Sigue vigente para los productos crónicos la validación sin receta ( con cobertura a 70% y al 100%) , en cuanto a INSULINAS, no tienen más convenio por  nuestra entidad.

Leches y plan insulina no tienen más convenio por nuestra entidad. No se aceptan tampoco recetas autorizadas con estos productos.

El plan insulina incluye tiras, lancetas, agujas, victoza y ozempic.

25/11/2022

NORMAS OPERATIVAS COVID

Por razones de público conocimiento, con el objetivo de evitar la circulación y el cúmulo de gente, para poder brindar una atención farmacéutica a los afiliados de O.S.M.A.T.A., es que armamos estas modificaciones de normas operativas en conjunto con el Comité de Crisis de O.S.M.A.T.A..

Las normas operativas son las siguientes:

. En relación a las denominadas recetas digitales, O.S.M.A.T.A. modifica sus normas para trabajar acorde a la Resolución 696/2020, pudiendo la farmacia aceptar recetas en formato de copia, o entregada por cualquier medio telemático (fax) o digital (mail, WhatsApp etc).  Dicha normativa de recetas está destinada a la prescripción de medicamentos ambulatorios y medicamentos con receta archivada (ya sea que sean se entreguen como ambulatorios o bajo alguna cronicidad)

. En relación a la dispensa de medicamentos Crónicos (con cobertura por la Obra Social al 70% y al 100%) y el plan de insulinas (100%), la entrega de estos medicamentos puede realizarse sin receta.

Validez del recetario:

25/11/2022 La vigencia de las recetas, se extiende de 30 días en la norma operativa original a 90 días corridos de todas las recetas físicas. Ya sea que hayan sido realizadas antes de la fecha de la declaración de la cuarentena o no. __________________________________________________________________________________________________________ ✔ Validez para la dispensa: 30 días corridos desde la fecha de emisión. ✔ Validez para la presentación: 60 días corridos a partir de la fecha de dispensa ✔ Validez para re facturación: 60 días corridos a partir de haber recibido la liquidación

Prescripción:

El medico u odontólogo deberá prescribir los medicamentos por su nombre genérico o DCI y el farmacéutico aplicara los principios y mecanismos establecidos en la ley 25649 y su decreto reglamentario, en la que se deberán constar de su puño y letra los siguientes datos:

  • Denominación de la Obra Social.
  • Apellido y Nombre del afiliado
  • DNI del afiliado / Ver credencial
  • Detalle de los medicamentos
  • Cantidad de medicamentos en numeros y/o letras . Si el medico omitiese este dato se entregara la menor cantidad o sea 1 ( una )
  • Fecha de prescripción
  • Firma y sello profesional.

Dispensacion:

13/09/2023

Sigue vigente para los productos crónicos la validación sin receta ( con cobertura a 70% y al 100%) , en cuanto a INSULINAS, no tienen más convenio por  nuestra entidad.

Leches y plan insulina no tienen más convenio por nuestra entidad. No se aceptan tampoco recetas autorizadas con estos productos.

El plan insulina incluye tiras, lancetas, agujas, victoza y ozempic.

25/11/2022

. En relación a la dispensa de medicamentos Crónicos (con cobertura por la Obra Social al 70% y al 100%) y el plan de insulinas (100%), la entrega de estos medicamentos puede realizarse sin receta.

Los afiliados deben presentarse con credencial de la obra social o D.N.I. y la farmacia debe validar los medicamentos pedidos. Si el validador da por aprobada la cobertura de Cronicidad, el medicamento debe ser entregado. Los familiares del afiliado también pueden presentarse a dispensar estos medicamentos exhibiendo el carnet o D.N.I. del afiliado. Si los afiliados tienen recetas digitales al presentarse en la farmacia, la misma puede utilizarlas pero la presentación no es obligatoria para la dispensa de esta medicación. Para poder presentar estas validaciones a la Obra Social, las farmacias deben imprimir el comprobante de validación o utilizar el ticket para cumplir con las formalidades que originalmente se hacen sobre la receta (firma del afiliado o familiar en conformidad, troqueles de lo entregado, etc.). No se realizarán débitos sobre todo los que normalmente están relacionados con la receta en los medicamentos de este plan mientras esté en vigencia esta norma.

Estas modificaciones están en vigencia inmediatamente y durarán hasta nuevo aviso. Se deja adjunto la reglamentación de la prescripción de las recetas digitales para que lo hagan llegar a las farmacias. Necesitamos que estas modificaciones las hagan llegar a las farmacias que corresponden a cada una de sus entidades de manera urgente para poder garantizar la atención a nuestros afiliados. También necesitamos que ante cualquier inconveniente que pueda tener cualquier farmacia nos informen inmediatamente por vía suya o directamente para poder solucionar el problema.

Como complemento a la disposición de trabajo de las dispensas de patologías crónicas (Cobertura del 70% y 100%) y plan insulinas (100%),          pasamos la siguiente información:

Para trabajar estas recetas, se deberán agregar los siguientes datos (siempre que el sistema de validación o gestión de farmacia lo pida):

  • .N° de receta: 999
  • .N° de matrícula: MN 1111
  • .Nombre del médico: Sin receta

 

En relación a la norma de atención de ambulatorios, la entrega de la receta a la farmacia por parte del médico, autorizamos que los módulos de la obra social a entregarla por los médicos que trabajan con la obra social. Es válida cualquier receta entregada con mail @smata o @osmata. Las recetas deben tener todos los requisitos que contiene la norma operativas originales.

  • Colocar en la receta el número de orden correspondiente
  • Adjuntar los troqueles del siguiente modo: De acuerdo al orden de la prescripción/ Incluyendo el código de barras, si lo hubiera / Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochador ni cinta adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras)
  • Los troqueles deberán ajustarse a lo siguiente: Encontrarse en perfecto estado y sin signos de uso previo (perforaciones, evidencias o marcas de sustancias adhesivas) / Sin signos de desgaste del material en todo o parte del troquel / Sin impresiones mediante sellos de cualquier tipo de leyendas legibles o no. / No deberán presentar cualquier otro signo que otorgue carácter dudoso al troquel.
  • Fecha de dispensación.
  • Importes unitarios y totales y A/C de la entidad por medicamentos. Importe Total, a c/Ob.Soc. y a c/Afiliado por receta.
  • Cantidades entregadas de cada medicamento prescripto.
  • Firma del asociado y aclaración.
  • Firma del tercero, aclaración de firma y número de documento de identidad, el cual deberá ser exhibido.
  • Sello de la farmacia y firma del farmacéutico director técnico.
  • La farmacia deberá adherir la copia del ticket fiscal de la venta a cada receta.
  • Ticket fiscal propiamente dicho.
  • Documento no fiscal HOMOLOGADO.
  • Duplicado o triplicado del ticket fiscal (idéntico al original pero con una leyenda de fondo “NO FISCAL”
  • Facturas A, B, C.
  • Si en el ticket que se adjunta a la receta constan todos los datos requeridos en este ítem, la Farmacia podrá omitir completar la receta, no obstante será obligatorio la firma, aclaración y nº de documento del beneficiario o tercero y el sello y firma del farmacéutico tanto en la receta como en el ticket.

ENMIENDAS:Las correcciones y enmiendas a la receta deberán estar salvadas por el profesional médico con su sello y firma en lo que atañe a la  prescripción y por el profesional farmacéutico y el afiliado o tercero interviniente en lo que atañe a la dispensa.

Cantidad y tamaños en la prescripcion:

• Hasta dos especialidades medicinales y hasta 3 unidades totales por receta. • Hasta 2 envases del menor tamaño o único en un renglón por receta. • Antibióticos inyectables mono dosis: hasta 5 (cinco) por receta. • Antibióticos inyectables multidosis: hasta 1 (uno) por receta. • Tratamiento Prolongado: solo en recetas con medicamentos para pacientes crónicos con cobertura del 70% , 100%, se dispensará lo indicado por el profesional. • Anticonceptivos: hasta un envase por receta y por mes.

Planes:

PLANES COBERTURA VEDEMECUM Observaciones
PMO 40 % s/ PVP SI
Plan Médico 50 % s/PVP SI
CRONICOS:

Res. 310

70 – 100 %

S/ PVP

SI (*)
Hipoglucemiantes

Orales

100 s/ PVP SI (*)
Plan Materno Infantil 100 % s/PVP SI (*)
Anticonceptivos 100 % s/ PVP SI

 

 

(*) Observaciones

En el caso de Ambulatorio la farmacia debe solicitar la credencial al afiliado, para saber si el plan es PMO (Plan Médico Obligatorio) o PMI (Plan Médico Integral)

 

  • CRONICOS – Res 310: abarca todas las patologías crónicas prevalentes descriptas en Res. 310/04 del Ministerio Salud Nación.

 

Enfermedades Cardiovasculares y Tratamientos de Prevención primaria o secundaria (Hipertensión Arterial Esencial, Hipertensión Arterial Secundaria, Insuficiencia Cardiaca, Arritmias, Terapéutica Antiagregante, Prevención Primaria, Cardiopatía Isquémica).

Enfermedades Respiratorias (Asma Bronquial, Fibrosis Pulmonar).

Enfermedades Neurológicas (Enfermedad de Parkinson, Epilepsia).

Enfermedades Psiquiátricas (Trastorno Bipolar, Psicosis orgánicas).

Enfermedades Inflamatorias Crónicas y Enfermedades Reumáticas (Gota Crónica).

Enfermedades Oftalmológicas (Glaucoma)

Enfermedades Endocrinas (Hipertiroidismo, Hipotiroidismo, Dislipemias)

 

  • (*) PLAN MATERNO INFANTIL:

Madre

Cobertura 100% según vademécum , durante el embarazo y hasta un mes posterior al parto.

 

Niño

Medicamentos: cobertura 100% según vademécum, hasta el año de vida del niño.

Leches Medicamentosas: hasta el tercer mes de vida del niño y hasta 4 Kg por mes.

 

AUTORIZACIONES

Se aceptarán como válidas todas las autorizaciones emitidas por la Obra Social, donde conste sello de la Obra Social y firma y sello del médico auditor habilitado: Ver listados adjuntos (1) Médicos habilitados.

VALIDACION ON LINE

  1. La validación on line, se realizará en todas las recetas para todos los planes, con la obligatoriedad de la misma utilizando el sistema de MIS VALIDACIONES.

Bonificación:

  • Capital:12 %
  • Interior:10%

Reconocimientos:

08/06/2021

Notificación remitida por OSMATA, en relación a las medidas adoptadas como consecuencia de la pandemia COVID:

Medidas de referencia:

  • Vigencia de las recetas, este se extiende de 30 días en la norma operativa original a  90 días corridos de todas las recetas físicas.
  • Recetas digitales, O.S.M.A.T.A. modifica sus normas para trabajar acorde a la Resolución 696/2020, pudiendo la farmacia aceptar recetas en formato de copia, o entregada por cualquier medio telemático (fax) o digital (mail, What’s up, etc).  Dicha normativa de recetas está destinada a la prescripción de medicamentos ambulatorios.
  • Medicamentos Crónicos (con cobertura por la Obra Social al 70% y al 100%), la entrega de estos medicamentos puede realizarse sin receta. Los afiliados deben presentarse con credencial de la obra social o D.N.I. y la farmacia debe validar los medicamentos pedidos. Si el validador da por aprobada la cobertura de Cronicidad, el medicamento debe ser entregado. Los familiares del afiliado también pueden presentarse a dispensar estos medicamentos exhibiendo el carnet o D.N.I. del afiliado. Si los afiliados tienen recetas digitales al presentarse en la farmacia, la misma puede utilizarlas pero la presentación no es obligatoria para la dispensa de esta medicación. Para poder presentar estas validaciones a la Obra Social, las farmacias deben imprimir el comprobante de validación o utilizar el ticket para cumplir con las formalidades que originalmente se hacen sobre la receta (firma del afiliado o familiar en conformidad, troqueles de lo entregado, etc.). No se realizarán débitos sobre todo los que normalmente están relacionados con la receta en los medicamentos de este plan mientras estén en vigencia esta norma».

10/04/2020

Implementación de Medidas especiales COVID-19

Descargar “OSMATA_modalidad-COVID19”

2020_04_10_OSMATA_modalidad-COVID19.pdf – Descargado 256 veces – 153,21 KB

27/03/2020

Por razones de público conocimiento es que desde O.S.M.A.T.A. se a tomado la decisión  de dispensar los medicamentos que se encuentran en los planes Crónicos sin la necesidad de pedir receta. Las farmacias deberán dispensarla en caso de que el validador autorice los medicamentos, entregando los troqueles correspondientes con el comprobante de validación. Los medicamentos entregados de esta manera no serán debitados por la falta de la receta.

Esta medida tendrá efecto hasta nuevo aviso.

___________________________________________________________

LISTADO MEDICOS AUDITORES HABILITADOS

  • Dr. Pérez, Cesar – MN 66246
  • Dr. Mazzú, Juan Carlos – MN 72106
  • Dr. Sarlo, Ariel – MN 73781
  • Dr. Rodríguez, Ricardo – MN 70092
  • Dra. Magenta, Gabriela Magenta – MN 101080
  • Dr. Rivas, Edgardo – MN 75831
  • Dra. Larrea León, Inmaculada – MN 61875
  • Dr. Luzi, Carlos Aguirre – MN 103408
  • Dra. Asme, Aida Lidia – MN 60824
  • Dra. Cipollone, Natalia – MN 105869
  • Dr. Weingast, Jorge – MN 35113
  • Dra. Castellano, Paula Cristina – MN 107038
  • Dr. Dahl, Alejandro – MN 79398
  • Dra. Citterio, Claudia – MN 62383
  • Dr. Lulkin, Marcelo – MN 69703
  • Dr: Silberstein, Sergio Oscar – MN 52705

 

Mediante  la presente se informa de la incorporación y la desafectación, de los sellos habilitados para la autorización de recetas.

Incorporación: JULIANA FRABRICIUS

Baja: MOSQUERA SUSANA

 

AUTORIZACIONES

 

Se aceptaran como validas todas las autorizaciones emitidas por la Obra Social, donde conste sello de la Obra Social y firma y sello del medico auditor habilitado

 

SELLOS HABILITADOS PARA AUTORIZACION DE RECETAS

 

ELIDA LEONE

JEFA DE ADMISION EGRESOS Y ARCHIVOS

SANATORIO SAN CAYETANO

OSMATA

 

JULIANA FRABRICIUS

COORDINACION

SANATORIO SAN CAYETANO

OSMATA

 

DIEGO CORSO

COORDINACION

SANATORIO SAN CAYETANO

OSMATA

 

YAMILA ALVEZ

COORDINACION

SANATORIO SAN CAYETANO

OSMATA

 

CAROLINA CHERTKOV

COORDINACION

SANATORIO SAN CAYETANO

OSMATA

 

JULIO CESAR GOMEZ

SECRETARIA ACCION SOCIAL

OSMATA

 

RECORDAMOS

“Queda sin efecto la dispensación de insulinas, tiras reactivas, agujas y lancetas, a los afiliados de la Obra Social OSMATA, a través del segmento ambulatorio “

Modelo de credencial / Imagen de recetario:
Presentación

  • Según la petición de la obra social OSMATA se debe presentar todo en un único plan general ( PMO )

Las recetas se presentan separadas por planes, cada una con su carátula.

VALIDACION: Se comunica que la validación On line se deberá realizar para todos los planes en forma obligatoria.Utilizando el sistema de MIS VALIDACIONES

Padrón de afiliados:

Según validador

Carátula de presentación:

La misma es la primera hoja del resumen de cierre de presentación emitida por el sistema de validación

(www.misvalidaciones.com.ar), por triplicado. La misma deberá estar intervenida con sello de la farmacia y firma del Responsable Técnico más carga en Autogestión.

Observaciones:

Antes de rechazar alguna receta por no cumplir con la norma de atención, por favor comunicarse con nuestro dpto. de obras sociales o también pueden comunicarse al 011-4311-5650, de lunes a viernes de 9 a 18 hs