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(sujeto a pedido de la obra social)

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25/07/2023

Ver punto RECONOCIMIENTO

15/05/2023 

Como es de vuestro conocimiento el Sistema de validación «On Line» se encuentra con inconvenientes técnicos que se están tratando de solucionar a la brevedad posible.

Dado estas circunstancias informamos respecto al Convenio ObSBA:

 

Mientras dure esta incontingencia las farmacias pueden operar en forma «manual». Es decir se podrán dispensar las recetas sin validar, únicamente con cobertura del 50% a cargo de la Obra Social.

Para luego de recuperar el servicio efectuar la correspondientes Declaración de Dispensa Manual.

17/03/2023

Descargar “Norma-Operativa 16-03-2023”

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Descargar “ObSBA-listado-Medicos-Auditores-15-03-2023”

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Recetario

08/03/2021

ACLARACION: El recetario electrónico de Ob.SBA NO contiene firma y sello, tal cual se muestra en el punto «modelo de receta electrónica»

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24/02/2021

Recetarios con prescripciones pre impresas, siempre que los mismos contengan firma del profesional de puño y letra, y el sello original. Es decir el sello y la firma no podrán estar  pre impresos en las recetas.

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Tipo de Recetario: Electrónico de ObSBA, convencional de médico u odontólogo con membrete impreso o sello identificatorio en caso de Centros de Atención, Instituciones, Emergencias, Sanatorios u Hospitales

AMBITO DE APLICACIÓN

Capital / Prov. Bs. As. / Interior del País

Validez del recetario:

a) Para la venta: 30 (treinta) días a partir de la fecha de emisión e incluyendo la misma. b) Para la presentación: 60 (sesenta) días corridos, a partir de la fecha de venta e incluyendo la misma. c) Para la re facturación: 30 (treinta) días corridos a partir de haber recibido la liquidación. RECORDAR QUE LOS DEBITOS SON NO REFACTURABLES, SALVO ERRORES INHERENTES A LA AUDITORIA Aclaración: la validez para la presentación en nuestra entidad es de 45 ( cuarenta y cinco) días corridos a partir de la fecha de venta e incluyendo la misma (corroborar fechas de presentación en Cámara).

Prescripción:

REQUISITOS DE LA RECETA: SON VALIDOS PARA TODOS LOS PLANES

Datos contenidos en la receta:

  • Denominación de la Obra Social
  • Nombre, Apellido del afiliado y Número de afiliación
  • Fecha de emisión de la receta.
  • Firma y sello aclaratorio del profesional.
  • Detalle de los medicamentos indicando monodroga, nombre comercial (no excluyente) y presentación.
  • Cantidades de los medicamentos en números y letras
  • Leyenda Tratamiento Prolongado si corresponde

Dispensacion:

  • REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIOLa farmacia deberá cumplimentar lo sgte.: Pegar  el  troquel con su código de barras o la solapa identificatoria de cada uno de los productos vendidos, en el mismo orden en que fueron prescriptos.Si el producto no tuviera troquel, colocar la sigla S/T.Fecha de dispensaciónImportes unitarios y totales y porcentaje a cargo de la entidad.Cantidades entregadas de cada medicamento prescripto.Firma del asociado y aclaración.Firma del tercero, aclaración de firma y número de documento de identidad, el cual deberá ser exhibido.Sello de la farmacia y firma del farmacéutico director técnico.La farmacia deberá adherir la copia del ticket fiscal de la venta a cada receta.ENMIENDASRecordar: Las correcciones y enmiendas a la receta deberán estar salvadas por el profesional médico con su sello y firma.Si en la receta el número de socio estuviese equivocado o incompleto, el farmacéutico podrá salvar cualquiera o todos los dígitos del mismo para que concuerde con el número impreso en la credencial.

Cantidad y tamaños en la prescripcion:

24/02/2021 - Cantidad de renglones, lo prescripto por el profesional Cantidad máxima de Medicamentos, de envases y tamaños por receta: Se podrán dispensar hasta (tres) especialidades medicinales por receta Tamaño especificado: lo requerido en la receta. Tamaño no especificado: vender la menor presentación. Especifica ¨grande¨: vender la presentación siguiente a la de menor tamaño. Mono dosis: hasta 5 (cinco) ampollas individuales por receta. Multidosis: hasta 1 (un) envase por receta. Psicofármacos: • Lista II (receta oficial): Receta de Salud Pública Receta adjunta de la institución. • Lista III y IV (receta archivada): Receta oficial por duplicado, con sello y firma del médico, aun estando el sello impreso.

Planes:

Los descuentos se efectúan sobre el precio de venta al público sugerido por el laboratorio productor vigente al día del expendio, que figuran en el Manual Farmacéutico o Agenda Kairos

 

PLAN A CARGO DEL AFILIADO A CARGO DE LA ENTIDAD
Ambulatorio 50% 50%
PMI 0% 100%
Crónicos (recetas con autorización previa de la Obra Social) 30% 70%-100%

Todas las coberturas SEGÙN VALIDACION ON LINE

Bonificación:

4% Sobre total facturado

Exclusiones:

Validación on line

Reconocimientos:

25/07/2023

Se actualiza el listado de médicos auditores.

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08/07/2021

Emergencia COVID19:

Durante la emergencia sanitaria las farmacias podrán recibir recetas medicas que hayan sido enviadas a los afiliados a través de cualquier medio digital ( e-mail, WhatsApp, etc.) . El afiliado deberá llevar la receta impresa. Estas recetas que NO son Originales , deben contar con la leyenda “Emergencia covid “ Obligatoriamente. Si no consta dicha leyenda deberán rechazar la receta . La farmacia podrá facturar con una fotocopia de la receta , y el afiliado o tercero interviniente  deberá dar el conforme: firma , aclaración y DNI en la fotocopia .

01/02/2021

Recetas digitales – incorporación

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2021_02_01_ObSBA-incorporacion-receta-digital.pdf – Descargado 209 veces – 575,65 KB

Ante la situación de emergencia por la Pandemia del brote de COVID-19, autorizamos a las farmacias a que reciban recetas médicas que hayan sido enviadas a los afiliados a través de cualquier medio digital (e-mail, WhatsApp, etc). Las mismas deben conservar el formato habitual (Obra Social, datos del afiliado, fecha, firma y sello del médico).

La farmacia podrá facturar con una fotocopia de la receta, y el afiliado o tercero interviniente deberá dar el conforme (firma, aclaración y DNI) en la fotocopia.

Las recetas deberán ser validadas por IMED como cualquier otra receta y cumplir con las Normativas vigentes.

 

AUTORIZACIONES

Únicamente podrán recibirse rectas autorizadas por la Obra Social, para producto DIU no medicamentoso y FÓRMULAS MAGISTRALES. (Ver Anexo listado médicos habilitados)

Listado Médicos Auditores

NOMBRE                           MATRICULA NACIONAL MATRICULA PROVINCIA

Dr.         Alejandro Alday               MN 102626

Dr.         Armando Antenucci        MN 50449

Dr.         Avila Tomas Alberto       MN 61400

Dr.         Carlos Garcia Aguirre      MN 67569

Dr.         Carlos Nicasio Daona     MN 78741

Dra.       Cecilia Gurovich               MN 33906

Dra.       Celina Deferrari               MN 59038

Dr.         Cristian Suarez Cordo     MN 85553

Dr.         Dante Jorge Coppini       MP 19230

Dr.         Duclos Raul Alberto        MN 69264

Dra.       Estela Leonor Enriquez MN 106621

Dr.         Fernando Martin Ali       MP 81666

Dr.         Fernando Milesi               MN 93321/MP 93901

Dr.         Gerardo Arenas Luzardo MN 98584

Dr.         Gustavo Goldenberg      MN 96749

Dra.       Graciela Ciancio               MN 62785

Dra.       Ileana Murua                   MN 91844

Dr.         Jorge P. M. Tapia             MN 51970

Dr.         Kuska Jorge                       MN 62085

Dr.         Leonardo Lerner              MN 59387

Dr.         Lozano Leonardo Gabriel  MN 116974

Dra.       Lucia Pistoia                      MN 47628

Dr.         Luis Sergio Saidman        MP 92437

Dra.       M. Graciela Micheli         MN 51220

Dr.         Marcelo H. Velázquez     MN 77281

Dra.       Maria Alejandra Negre  MN 81678

Dra.       Maria Elizabeth Pizarro MN 85142

Dra.       Mariana A Gallo               MN 123692

Dra.       Marta Lueso Prado         MN 94379

Dr.         Mauro Stokfisz                MN 30835

Dra.       Mirta Sacco                      MN 58080

Dra.       Monetti Eda Lia Abad     MN 53971

Dr.         Nestor Patricio Rodríguez            MN 115388

Dra.       Nora Rudy                        MN 61817

Dr.         Osvaldo Tedejo                MN 65050

Dr.         Pablo Aubone                 MN 91161

Dra.       Patricia Luengas              MN 65351

Dra.       Paula Alvarez                  MN 101104

Dra.       Perez America                MN 78046

Dr.         Roberto Paez                    MP 13849

Dr.         Ruben Darío Carvajal     MN 79807

Dr.         Rubén Quiroga Villar      MN 84487

Dr.         Rogelio Lucio López Vargas         MN 115959

Dra.       Silvia Conde       MN 82240

Dra.       Sosa Alicia R.     MN 68880          MP 53120

Dr.         Eduardo Miguel Morales             MN 58463

Dra.       Nelly Gerez         MN 109100

 

MODELO RECETA ELECTRÓNICA

El afiliado deberá llevar la receta impresa

Para la validación on line de la receta digital, se debe ingresar obligatoriamente el número de receta en IMED

Ante cualquier inconveniente con la validación, contactar a la Mesa de Ayuda de Imed al 0810-122-7427, Lunes a Viernes de 8 a 20 hs. Sábados de 9 a 13 h

Modelo de credencial / Imagen de recetario:
Presentación

11/11/2021

Importante

Recordamos información publicada por FLK sobre modificaciones en el validador de IMED y la emisión de un nuevo comprobante (CAD)

Es importante aclarar que continúa siendo obligatorio adjuntar la copia del ticket fiscal y el acondicionamiento de las recetas.

Descargar “Nota-Modificaciones-en-Autorizador-Web_Junio-2021-2”

2021_06_Nota-Modificaciones-en-Autorizador-Web_Junio-2021-2.pdf – Descargado 2914 veces – 221,61 KB

Descargar “Autorizador-IMED-2021”

2021_06_Autorizador-IMED-2021.pdf – Descargado 2612 veces – 700,63 KB

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Mensual

VALIDACION ON LINE

La validación on line es obligatoria a través de www.imed.com.ar

Si el validador no aprueba la transacción, la receta no podrá ser dispensada, aunque la misma se encuentre autorizada por médico auditor, esto incluye las Ordenes de Dispensa emitidas por la Obra Social

Tener presente que cuando se valida on line se debe ingresar el número de afiliado con la misma cantidad de dígitos pero sin espacios ni guiones.

Las Farmacias deberán hacer los cierres de lote y cierres de presentación on line.

Consultar en página IMED fechas de cierre on line.

Solo se aceptan sin validación para el Convenio ObSBA.

Se aceptan FORMULA MAGISTRAL y DIU no medicamentoso.

El DIU Mirena – es siempre con validación on line obligatoria