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04/04/2024

Ver punto RECONOCIMIENTOS

Recetario

  • Oficial Manual y/o receta electrónica , No se aceptan fotocopias de recetas, solo originales
  • Deberá presentar: receta correspondiente, comprobante de afiliación vigente y DNI del titular o tercer interviniente.

22/08/2019

Compartimos  el último informativo recibido de PAMI detallando las mejoras en la implementación de la Receta Digital y un resumen que contiene las imágenes con los formatos de recetas válidos.

Descargar “Informativo-PAMI-Receta-Digital”

2019_08_20_Informativo-PAMI-Receta-Digital.pdf – Descargado 608 veces – 177,37 KB

 

14/06/2019

RECETA DIGITAL

Le recordamos que a partir del 1 de Julio entra en vigencia, a nivel nacional la Receta Electrónica de PAMI con firma digital

Esto implica la digitalización total de la receta, por lo que NO va a requerir impresión, sello y firma manuscrita.

Es importante destacar que la Firma Digital es una opción adicional que convive con la actual Receta Electrónica con sello y firma manuscrita; sin excluirla.

Detallamos a continuación los puntos más importantes a tomar en cuenta para las recetas con firma digital:

  • FECHA DE VIGENCIA:
    • A nivel Nacional: 1º de Julio
    • Prueba piloto: 12 de Junio en CABA, La Plata y Río Cuarto
  • CARACTERISTICAS DE LA RECETA:
    • NO requiere sello y firma manuscrita
    • La impresión de la misma será optativa

El afiliado presentará la receta, que recibe en su casilla de e-mail, y podrá mostrarla desde su móvil o presentar solamente el número de receta.

  • PRESCRIPCIÓN DE MEDICAMENTOS QUE REQUIERAN RECETA DUPLICADA:
    • Los médicos quedan habilitados para generar recetas con firma digital para medicamentos que requieran receta duplicada.
    • Los afiliados deberán presentar en la farmacia un duplicado manuscrito, firmado y sellado tal como lo hacen en la actualidad; conforme la reglamentación vigente en cada jurisdicción.
  • ATENCIÓN DEL AFILIADO:
    • Solicitar Credencial de PAMI y Documento
    • Pasar la Credencia de PAMI por el lector de banda magnética
    • Los datos del Afiliado contenidos en la Credencial PAMI son capturados e insertados en el sistema de punto de venta
    • Controlar las condiciones formales que debe cumplir la receta según su tipo
    • Leer el número de receta desde el papel o el teléfono o ingresar manualmente el número de receta en el sistema.
    • Solicitar la autorización a FARMA PAMI
    • FARMA PAMI responderá con el Ticket de Autorización que indicará el tipo de Receta autorizada.
    • imprimir el ticket de autorización
    • Si existe la receta impresa , pegar los troqueles normalmente y el ticket de autorización en el reverso de la receta y completar los datos pertinentes.
    • Si NO existe receta impresa (Receta digital ) ,  pegar los troqueles al reverso del ticket de autorización y completar los datos pertinentes.

Recordamos que la implementación de este sistema será de manera paulatina.

Descargar “Instructivo Receta PAMI DIGITAL”

2019_04_30_Instructivo-Receta-Digital-Pami.pdf – Descargado 693 veces – 314,77 KB

 

RECETAS DE RESOLUCIÓN 337/05

  • Deberán ser validadas on line
  • Sera el mismo validador quien autorice o no la entrega de los productos con el 100% de cobertura . Si el sistema no informa cobertura o informa una distinta, la farmacia deberá respetar la cobertura informada por el validador.
  • Limite de cantidades y tamaños: la farmacia deberá respetar lo autorizado por el sistema

 

RECETARIOS ELECTRÓNICOS:

  • Son recetarios oficiales al igual que los tradicionales de color celeste
  • Se les da el mismo tratamiento en cuanto a la dispensa y facturación
  • Deben validarse on line
  • La prescripción del medico esta hecha por computadora ( no manuscrita ) pero la firma y el sello del medico prescriptor deberán figurar en original y de su puño y letra. El sello no podrá ser preimpreso
  • Los datos faltantes como: cantidad entregada, porcentajes de descuento, importes totales y unitarios e importes a cargo de la entidad y del afiliado deben constar en la copia del ticket fiscal o comprobante de venta, el cual es obligatorio que se adjunte a estas recetas .
  • La firma y los datos del que retira los medicamentos deben constar tanto al dorso de la receta como en la copia del ticket.
  • La firma y sello del profesional farmacéutico debe constar al dorso de la receta .
  • En los casilleros impresos electronicamente no se admiten salvados ni agregados manuales . Por lo tanto de presentarse alguno de estos casos , la farmacia deberá solicitarle al afiliado que el medico le realice una nueva receta sin enmiendas ni tachaduras

RECETAS MIXTAS:

No podrán dispensarse las siguientes variables de recetas mixtas: receta con un RP CAMOYTE y otro RP ambulatorio

Validez del recetario:

• Para la venta: 30 (treinta) días corridos a partir de la fecha de emisión e incluyendo la misma. • Para la presentación: 60( sesenta ) días corridos, a partir de la fecha de venta e incluyendo la misma • Para la refacturación: 60 (sesenta) días corridos a partir de haber recibido la devolución del débito Aclaración: la validez para la presentación en nuestra entidad es de 45 (cuarenta y cinco) días corridos a partir de la fecha de venta e incluyendo la misma (corroborar fechas de presentación en Cámara).

Prescripción:

Datos contenidos en la receta :

  • Nombre y Apellido del afiliado . Numero de afiliado y grado de parentesco (GP) según corresponda
  • Fecha de emisión de la receta
  • Detalle de los medicamentos y cantidad de envases
  • Diagnostico
  • Firma, sello aclaratorio y matricula del medico prescriptor ( de forma legible )

A excepción de las Recetas Electrónicas , los datos manuscritos por el profesional deberán presentar la misma tinta tanto en la prescripción como en la firma

Dispensacion:

30/06/2023

Correcto acondicionamiento de OPF PAMI

El comprobante de autorización (OPF) debe contener al menos 1 código de barra que identifique al número de receta y/o al número de la autorización. Recomendamos evitar el uso de papeles y/o tintas que se borren fácilmente ( Impresoras con papel térmico).

Tanto los códigos de barra como las firmas y sellos deben estar SIEMPRE VISIBLES.

No deben contener elementos metálicos (broches, clips, etc.)

Deben usar sólo pegamento en barra.

29/11/2019

Para el caso de las recetas con firma digital , donde  se presenta el comprobante de validación de FARMAPAMI , la farmacia deberá colocar su número de PAMI  en el mismo

___________________________________________________________

  • Se deberán adherir con cola adhesiva ( no abrochar ) el troquel con su código de barras o la solapa identificadora de cada uno de los productos dispensados en el mismo orden en que fueron prescriptos y en los espacios designados para tal fin . En caso de haber entregado mas de un envase por medicamento , se adherirán en primer lugar los rótulos sobrantes de los RP1 y a continuación lo del RP2.
  • Si el producto no tuviera troquel colocar la sigla S/T y transcribir manualmente el código de barras en el casillero correspondiente.
  • Fecha de dispensación ( solo en el formulario del recetario oficial )
  • Código PAMI de farmacia
  • Numero de orden ( solo en el formulario del recetario oficial )
  • Sello de la farmacia y firma del farmacéutico director técnico al dorso de la receta .
  • El dorso de la receta debe estar completo en todos sus campos , tanto los datos correspondientes a la farmacia como al beneficiario/ tercero interviniente.
  • Valorización manual de la receta : deberán constar ; cantidad de los medicamentos dispensados, importes unitarios , totales , a cargo obra social y a cargo afiliado.
  • Como alternativa al llenado manual de la valorización de las recetas , se podrá adjuntar a las mismas los siguientes comprobantes :

* Copia del ticket Fiscal o Factura

* De no contar con un comprobante fiscal con el detalle de todos los datos requeridos a continuación ( farmacias con registradora fiscal ) la farmacia deberá adjuntar el comprobante de validación o un presupuesto impreso por el sistema de administración de la farmacia detallando los mismos y ademas deberá colocar manualmente el numero de ticket fiscal asociado a la dispensa.

  • Datos requeridos en el ticket:

* Numero de ticket fiscal o factura

* Fecha de Venta

* Detalle de los medicamentos dispensados ( Nombre comercial + presentación )

* Cantidad de unidades dispensadas

* Importes unitarios, totales y a cargo de la entidad

* Porcentaje de descuento

* La firma y sello del profesional Farmacéutico debe figurar al dorso de la receta al igual que todos los datos de la persona afiliada que retira o tercer interviniente ( Firma, Aclaración, DIN, Domicilio y Teléfono )

* Firma del afiliado que retira o tercer interviniente es obligatoria en el comprobante fiscal o comprobante de validación que se adjunta a la receta .

* La numeración de las recetas NO es necesaria pero si debe contener en el cricket el Numero de Autorización del validador

* Informacion de N* de Ticket Fiscal en Linea

Aquellos sistemas que estén homologados ( Launcher Duo ) y que en un futuro puedan enviar en la transacción el numero de Ticket Fiscal , no deberán adjuntar el comprobante físico a la receta . Para estos casos se debe tener en cuenta que los datos y firma del afiliado o tercer interviniente deben estar al dorso de la receta así como también deben estar completos los importes total de la receta , a cargo de la entidad y a cargo del afiliado

Ante la imposibilidad material de cumplir con lo ante dicho , las farmacias deberán continuar valorizando las recetas manualmente. El ticket deberá adherirse en la parte posterior de la receta con cola adhesiva.

  • Recetas prescriptas por Monodrogas:

* La farmacia puede ofrecer al afiliado las diferentes marcas comerciales y dispensar la opción elegida por el paciente

* Al dorso de la receta se debe firmar la conformidad del afiliado y farmacéutico de la medicación optada

  • Recetas prescriptas por Monodrogas + Marca comercial:

* La marca comercial requiere justificación del médico

* La farmacia puede sugerir el cambio de la marca comercial respetando igual Monodroga, concentración, cantidad y forma farmacéutica que la prescripta.

* El cambio podrá efectuarse por un medicamento de menor o igual precio que el prescripto

* Al dorso de la receta se debe firmar la conformidad del afiliado y farmacéutico

* Los troqueles en las recetas deberán adherirse (sin ganchos) y en orden correlativo siguiendo un orden establecido por el RP1 y RP2

  • Queda sin efecto la obligatoriedad de agregar el comprobante de validación FARMA PAMI a la receta sin embargo la copia del comprobante o ticket fiscal debe continuar agregándose a la misma siguiendo las pautas informadas para el acondicionamiento de las mismas.

ENMIENDAS:

* Las correcciones y enmiendas en la prescripción de la receta deberán estar salvadas por el profesional * medico con su sello y firma.

Las correcciones y enmiendas en la dispensa ( fecha de venta , cantidades entregadas e importe a cargo del afiliado ) deberán estar salvadas con la firma y sello de la farmacia y la firma del beneficiario o tercer interviniente . Si hubiera un error en el numero del beneficiario , la farmacia deberá colocar el numero correcto en el margen superior de la receta . En este caso no necesita efectuarse el salvado del dato con firma y sello . Si es necesario adjuntar el comprobante de afiliación vigente al momento de la dispensa donde conste el numero informado por la farmacia.

La farmacia también podrá salvar el nombre / apellido del beneficiario y podrá completar el numero de matricula del medico prescriptor en el casillero correspondiente.

En los recetarios electrónicos NO SE ADMITEN salvados ni agregados manuales en los casilleros impresos electrónicamente.

Cantidad y tamaños en la prescripcion:

• Se podrán dispensar hasta 2(dos) especialidades medicinales por receta. Dichas especialidades podrán ser de distintas marcas o de igual marca con distinta forma farmacéutica. • Se podrán dispensar hasta 2 ( dos ) envases de cada producto por renglón ( no valido para las recetas de Resolución 337/05 ) • Si no estuviera indicada la potencia y el contenido del medicamento , la farmacia entregara el de menor contenido que figure en la lista del laboratorio productor ( no valido para todas las recetas de Resolución 337/05 ) • Si la farmacia no dispusiera del tamaño indicado por el medico prescriptor, y el afiliado así lo aceptara, la farmacia podrá entregar un tamaño menor, nunca mayor ( no valido para todas las recetas de Resolución 337/05 ) • Las cantidades entregadas nunca podrán ser mayores a las prescriptas y autorizadas por el validador • En ningún caso y bajo ningún concepto podrá fraccionarse el contenido de un envase • Antibióticos Monodosis: hasta 6 ( seis ) ampollas/ frasco ampollas individuales por receta ( no valido para todas las recetas de Resolución 337/05 ) • Antibióticos Multidosis: hasta 1 ( uno ) envase por receta ( no valido para todas las recetas de Resolución 337/05 )

Planes:

  • Los descuentos se efectúan sobre el PVP PAMI
  • Ámbito de Aplicación todo el país

 

PLAN A cargo del afiliado : A cargo de la entidad:
Ambulatorio Lo detallado para cada medicamento , según PVP PAMI o informado por el validador Lo detallado para cada medicamento , según PVP PAMI e informado por el validador
Resolución 337 0% 100% según lo informe el validador

Bonificación:

Las farmacias podrán consultar las distintas bonificaciones en nuestro Dpto de Obras Sociales.

Exclusiones:

Se valida On Line

  • Quedan excluidas las drogas a ser provistas por CAMOYTE: el medicamento deberá ser tramitado por esa vía .

Reconocimientos:

04/04/2024

Atento al Adenda N° 1 (2024) entre el Instituto y las Cámaras CILFA, COOPERALA y CAEME aprobada por RESOL-2024-945-INSSJP-DE#INSSJP  informamos que el valor de la dispensa de suplementos nutricionales en farmacia a partir del 01/04/2024 es de CINCO MIL TRESCIENTOS SEIS CON 36/100 ($ 5.306,36) por receta incluida en la liquidación .

07/03/2024

Atento al Acta complementaria N° 3 (2024) entre el Instituto y las Cámaras CILFA, COOPERALA y CAEME aprobada por RESOL-2024-568-INSSJP-DE#INSSJP  informamos que el valor de la dispensa de suplementos nutricionales en farmacia a partir del 01/03/2024 es de CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO CON 95/100 ($ 4.541,95) por receta incluida en la liquidación 

02/02/2024

Atento al Acta complementaria N° 2 (2024) entre el Instituto y las Cámaras CILFA, COOPERALA y CAEME aprobada por RESOL-2024-199-INSSJP-DE#INSSJP informamos que el valor de la dispensa de suplementos nutricionales en farmacia a partir del 01/02/2024 es de TRES MIL SETECIENTOS VEINTIDÓS CON 38/100 ($ 3.722,38) por receta incluida en la liquidación.

11/01/2024

Atento al Acta complementaria N° 1 (2024) entre el Instituto y las Cámaras CILFA, COOPERALA y CAEME aprobada por RESOL-2024-17-INSSJP-DE#INSSJP informamos que el valor de la dispensa de suplementos nutricionales en farmacia a partir del 01/01/2024 es de DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA CON 77/100 ($ 2.970,77) por receta incluida en la liquidación.

15/12/2023

Se ha dado de alta en el Convenio PAMI el producto SERTAL COMPUESTO Venta Libre Comp. Rec. x 20.

Ya se encuentra incluido en los sistemas de validación. A la vez, se ha dado de baja del vademécum PAMI el SERTAL COMPUESTO Comp. Rec x 20 de Venta Bajo Receta, ya discontinuado por el laboratorio.
En caso de que el paciente tenga todavía una receta con la prescripción del Sertal venta bajo receta, la farmacia podrá validar el Sertal Venta Libre y dispensar con normalidad.
Recordamos que la farmacia debe adherir a la OPF / Receta el código de barras que viene en el envase.

01/12/2023

Atento al Acta complementaria N°11 entre el Instituto y las Cámaras CILFA, COOPERALA y CAEME aprobada por RESOL-2023-1627-INSSJP-DE#INSSJP informamos que el valor de la dispensa de suplementos nutricionales en farmacia a partir del 01/12/2023 es de DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 34/100 ($ 2.638,34) por receta incluida en la liquidación 

02/11/2023

Atento al Acta complementaria N°10 entre el Instituto y las Cámaras CILFA, COOPERALA y CAEME aprobada por RESOL-2023-1627-INSSJP-DE#INSSJP informamos que el valor de la dispensa de suplementos nutricionales en farmacia a partir del 01/11/2023 es de DOS MIL QUINIENTOS DIEZ CON 31/100 ($ 2.510,31) por receta incluida en la liquidación.

06/10/2023

Atento al Acta complementaria N°9 entre el Instituto y las Cámaras CILFA, COOPERALA y CAEME aprobada por RESOL-2023-1441-INSSJP-DE#INSSJP informamos que el valor de la dispensa de suplementos nutricionales en farmacia a partir del 01/10/2023 es de DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 52/100 ($ 2.292,52) por receta  incluida en la liquidación.

08/09/2023

Atento a lo establecido en la Adenda N° 4 (2023) al CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN (2018) informamos que el valor de la dispensa de suplementos nutricionales en farmacia a partir del 01/09/2023 es de DOS MIL NOVENTA Y NUEVE CON 38/100 ($ 2.099,38) por receta incluida en la liquidación

18/08/2023

A partir del 1 de agosto de 2023, el precio por cada dispensa de Suplementos Nutricionales a las personas afiliadas será de PESOS MIL OCHOCIENTOS VEINTITRÉS CON 96/100 ($1.823,96) por receta incluida en la liquidación.

17/07/2023

Actualización en recetas de suplementos nuricionales.

Descargar “PRESENTACIÓN RECETAS SUPLEMENTOS NUTRICIONALES”

PRESENTACION-RECETAS-SUPLEMENTOS-NUTRICIONALES.pdf – Descargado 232 veces – 70,94 KB

01/07/2023

 El precio por cada dispensa de Suplementos Nutricionales a las personas afiliadas será de PESOS MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS CON 97/100 ($1.723,97) por receta incluida en la liquidación.

09/06/23

A partir de Junio del 2023 por el servicio PAMI SUPLMENTOS NUTICIONALES se abonará $ 1602.20

07/07/2021

Importante: Comunicado recibido del laboratorio Ely Lilly en referencia a su decisión de retirar su participación del convenio PAMI.

Descargar “Comunicado-LILLY”

2021_07_06_Comunicado-LILLY.pdf – Descargado 400 veces – 171,48 KB

05/07/2021

Importante-Transcribimos comunicado de PAMI: 

Atento a la RESOL-2021-923-INSSJP-DE#INSSJP y habiéndose suscripto el Acta Complementaria Nº 2 a la Adenda Nº 3 del Convenio Marco de Adhesión (2018), sus complementarios y/o modificatorios y prórrogas, entre el INSSJP, la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (CILFA), la Cámara Empresaria de Laboratorios Farmacéuticos (COOPERALA) y la CÁMARA ARGENTINA DE ESPECIALIDADES MEDICINALES (CAEMe) a partir de las 00h del viernes 02/07/2021 los PVP PAMI de todos los medicamentos se ajustarán en un 3,14%. El ajuste se calculará sobre la base de los PVP PAMI vigentes al 31 de marzo de 2021.

Los PVP PAMI actualizados se encontrarán disponibles online en Gobierno Abierto.

29/10/2020

Descargar “Informativo-PAMI_Baja-Tiras-Reactivas-ABBOT”

2020_10_21_Informativo-PAMI_Baja-Tiras-Reactivas-ABBOT.pdf – Descargado 425 veces – 64,90 KB

31/03/2020 Resolución PAMI, receta y firma electrónica

Descargar “2020_03_31_RESOL-2020-1110-Receta-firma-electrónica.pdf”

2020_03_31_RESOL-2020-1110-Receta-firma-electrónica.pdf – Descargado 661 veces – 22,20 KB

Descargar “Comunicado-Farmacias_PAMI_Recetas Electronicas”

2020_03_31_Comunicado-Farmacias_PAMI_Rec_Electronicas.pdf – Descargado 653 veces – 152,21 KB

Descargar “Receta Electronica INSTRUCTIVO PARA FARMACIAS”

2020_03_31_PAMI_INSTRUCTIVO-PARA-FARMACIAS.pdf – Descargado 650 veces – 144,65 KB

13/03/2020

IMPLEMENTACION DE MEDICAMENTOS ESENCIALES GRATUITOS PAMI

Por la resolución nº 2020–12 del INSSJyP y dcto nº 2020-184, que consiste mejorar la cobertura y acceso a medicamentos a jubilados y pensionados en determinadas patologías es que se implementó el programa MEDICAMENTOS ESENCIALES GRATUITOS.  NO es un nuevo convenio con Pami

El precio del medicamento sigue siendo el que determina el convenio original y que se encuentra acreditado en la validación, por lo que se mantiene la diferencia entre el PVP y PV PAMI, se mantiene el aporte de la Industria Farmacéutica por tal diferencia de precio. La farmacia deberá remitirse estrictamente a la respuesta del validador para la dispensa del medicamento respetando la cobertura y precio que el mismo arroje, a los fines de evitar posibles débitos.

El cierre y presentación de la prestación por parte de las farmacias NO SE MODIFICA RESPECTO AL CONVENIO VIGENTE.

11/03/2020

Nos ponemos en contacto a los fines de hacerle llegar información sobre la nueva cobertura de PAMI al 100%.

En archivo adjunto enviamos vademécum con los principios activos incorporados y a continuación detallamos algunos puntos a tener en cuenta para su implementación:

  1. ¿Quiénes tienen acceso al nuevo Vademécum?

Todas las personas jubiladas y pensionadas, mayores de 60 años afiliadas a PAMI, y que no cuenten con PREPAGAS

  1. ¿Cómo se dispensan estos productos?

El afiliado debe presentar credencial de PAMI, Documento y la receta vigente, en la que figure la prescripción de un medicamento que se encuentre dentro del VDM de medicamentos esenciales gratuitos.

  1. ¿Puedo utilizar las recetas prescriptas anteriores a marzo 2020?

Todas las recetas vigentes, que fueron prescriptas con fecha anterior al 10 de marzo, son válidas y podrán obtener la dispensa del medicamento en forma gratuita. 

  1. ¿Cómo deberán ser las recetas para acceder a la medicación gratuita?
  • ELECTRÓNICAS
  • Contener alguno de los principios activos listados en el VDM de medicamentos esenciales gratuitos
  • Tener la leyenda “MEDICAMENTO INCLUIDO EN EL NUEVO VADEMÉCUM PAMI”

Todas las recetas deberán ser aprobadas por validador

Descargar “Principios activos PAMI 100”

2020_03_11_Principios-activos-PAMI-100.pdf – Descargado 420 veces – 72,08 KB

_____________________________________________________________

20/09/2019

Recordatorio.

PAMI INSULINAS- TIRAS: el Instituto ha establecido la obligatoriedad de la receta electrónica para la dispensa de insumos e Insulinas para diabéticos, incluyendo Tiras Reactivas.

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Las Farmacias podrán ver y descargar de la página de FACAF las Notas de Crédito emitidas por el Sistema FarmaPami. Opción PAMI FACAF NUEVO CONVENIO

INSTRUCTIVO

ALTAS y BAJAS VADEMÉCUM PAMI

Adjuntamos comunicado oficial por parte del Instituto, donde informan las altas y bajas de productos al vademécum vigente.

Descargar “Vademcum PAMI - Altas y Bajas 2019-06”

2019_06_PAMI_AyB_Vademecum.pdf – Descargado 456 veces – 933,26 KB

Descargar “INFORMATIVO-023-VADEMECUM PAMI”

PAMI_2019_03_INFORMATIVO-023-ADJUNTO.pdf – Descargado 471 veces – 973,04 KB

Descargar “QA-Insulinas.pdf”

QA-Insulinas.pdf – Descargado 499 veces – 216,44 KB

Descargar “INFORMATIVO-035-ADJUNTO-1.pdf”

INFORMATIVO-035-ADJUNTO-1.pdf – Descargado 462 veces – 1,05 MB

Presentación

Quincenal , según Calendario de Presentación de Cámara

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04/08/2023

CAMBIOS EN EL PROCEDIMIENTO DE REVISION PARA DEBITOS PAMI

  • Se podrá solicitar revisión para los débitos del mes recientemente debitado y dos meses hacia atrás. Débitos más  antiguos no serán evaluados. Ej. Cuando se comuniquen los débitos de febrero 2023 se podrá enviar la solicitud de revisión de débitos para los meses de febrero 2023, enero 2023 y diciembre 2022.  Débitos de noviembre 2022 y anteriores no serán revisados.

Adjunto se encuentra el instructivo, solicitamos prestar especial atención al apartado ACLARACIONES y la plantilla para la confección de la solicitud de revisión de débitos.

Descargar “Revisión débitos FarmaPAMI”

Instructivo-V_2.0-para-camaras.pdf – Descargado 192 veces – 999,60 KB

Descargar “planilla solicitud para revisión de débito”

Anexo-1.xlsx – Descargado 166 veces – 34,29 KB

27/10/2021

PRESENTACION : PAMI SUPLEMENTOS NUTRICIONALES

Transcribimos a continuación, nota recibida desde PAMI en el día de la fecha, con las instrucciones sobre la presentación de las recetas pertenecientes al plan “SUPLEMENTOS NUTRICIONALES” :

“En virtud del Acuerdo Complementario al Convenio de Dispensa de Medicamentos Ambulatorios, Clozapinas y Diabetes PAMI para la dispensa Suplementos Nutricionales adquiridos en el marco de la LP Nº 46/21 (RESOL-2021-1261-INSSJP-DE#INSSJP), se remite la presente a fin de comunicar el cronograma de cierres de presentación y manifiesto del período octubre – diciembre 2021. A partir del 26/10/2021 estará habilitado el sistema para poder preparar y presentar los cierres.

  • Los cierres de presentación respetan el cronograma vigente para el Convenio Ambulatorio, Clozapinas y Diabetes.
  • Se realizarán en carátulas separadas.
  • Se deberán enviar en cajas separadas.
  • Deben constar los datos de quien retira los medicamentos.
  • El comprobante de autorización (OPF) debe contener al menos 1 código de barra que identifique al número de receta y/o al número de la autorización. Recomendamos evitar el uso de papeles y/o tintas que se borren fácilmente.
  • Tanto los códigos de barra como las firmas y sellos deben estar SIEMPRE VISIBLES.
  • No deben contener elementos metálicos (broches, clips, etc.)

24/08/2021

RECORDATORIO-IMPORTANTE :   Se recuerda que es responsabilidad de las farmacias la correcta presentación y acondicionamiento de las recetas, OPFs y tickets a ser presentados para la digitalización y auditoría, por tal motivo se descartarán de plano todas aquellas solicitudes planteadas por las farmacias en los reclamos débitos PAMI para su revisión con un incorrecto acondicionamiento de recetas presentadas.

Recordar además que la Ley nacional 25.649 en su artículo 2 establece que Toda receta o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique, seguida de forma farmacéutica y dosis/unidad, con detalle del grado de concentración. La receta podrá indicar además del nombre genérico el nombre o marca comercial (..)”. Por tal motivo se sostendrán taxativamente aquellos débitos en los que se compruebe la ausencia del nombre genérico de la droga.

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26/05/2021

Nos ponemos en contacto para comunicarle que desde PAMI nos han informado que se elimina el requisito obligatorio de la presentación del ticket fiscal o copia de la factura para el acondicionamiento de recetas.

Para realizar un correcto acondicionamiento de las recetas se deberá tener en cuenta lo siguiente:

  • Enviar la receta impresa y/o la OPF.
  • Deben constar los datos de quien retira los medicamentos.
  • No es necesario el envío del tique fiscal o copia de la factura.
  • El comprobante de autorización (OPF) debe contener al menos 1 código de barra que identifique al número de receta y/o al número de la autorización. Recomendamos evitar el uso de papeles y/o tintas que se borren fácilmente.
  • Tanto los códigos de barra como las firmas y sellos deben estar SIEMPRE VISIBLES.
  • No deben contener elementos metálicos (broches, clips, etc.)
  • Deben usar sólo pegamento en barra.

21/05/2021 – Acondicionamiento de recetas. Ver PRESENTACION

Video tutorial realizado por PAMI (YouTube)

Descargar “Como-acondicionar-recetas-PAMI”

como-acondicionar-recetas-PAMI-1-copia.pdf – Descargado 308 veces – 1,64 MB

28/07/2020

VALIDACIÓN RECETAS

Ante las reiteradas consultas por la búsqueda de recetas en FARMAPAMI informamos que la farmacia deberá consultar las recetas disponibles del afiliado/a en el sistema FARMAPAMI utilizando el número de DNI y el número de beneficio

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  • Se deberá presentar por triplicado el Cierre de Presentación del validador FACAF-PAMI
  • Estará permitido:

* Incluir recetas de quincenas anteriores, pero siempre respetando el plazo máximo de 60 días.

* Enviar lotes con menos de 100 recetas.( lotes parciales )

* Realizar presentaciones mensuales, para el caso de las farmacias que tienen pocas recetas.

* No será necesario enumerar las recetas, Si deben llevar el Número de Validación sea que se utilice comprobante de validación o ticket fiscal.

* El ticket fiscal y/o comprobante de validación se debe pegar tal como se venía haciendo hasta ahora.

* PAMI devolverá aquellas recetas que no respeten el ACONDICIONAMIENTO según las normas informadas oportunamente.

    • Todas las recetas de la Entidad deben validarse on line
    • La validación convalida: numero de recetario, beneficiario, medicamentos ( presentaciones , cantidades, tamaños y cobertura ) y vigencia de la receta ( se deberá cargar la fecha de prescripción que figura en la receta . La fecha de venta debe ser la de la validación )
    • Recuerde que al validar la receta debe cargar en el sistema de validación los mismos datos que se encuentran en la receta ( afiliado, productos, cantidades , matricula del profesional prescriptor, fechas etc ) a fin de evitar inconvenientes posteriores debido a la no coincidencia de la validación on line con la receta física.
    • Recuerde que toda transacción on line aprobada , donde no se hizo efectiva la dispensa de un medicamento , deberá ser cancelada por la farmacia para evitarle inconvenientes al afiliado en su próxima dispensa.
    • Ante cualquier inconveniente con la validación puede llamar a la Mesa de Ayuda del INSSJP

* VALIDACION y CIERRES de Presentación

* Manual de usuario Web Pami

Padrón de afiliados:

Se valida on line

Padrón de prestadores:

Se valida on line

Vademecum:

si posee

06/07/2021 Bajas del Vademecum

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Altas y Bajas de Vademecum

Descargar “Acta 14 17-07-2019”

2019_07_17_PAMI_Acta-Nº-14-Productos.pdf – Descargado 437 veces – 787,63 KB

Descargar “Acta 20 19-09-2019”

2019_08_29_PAMI_Acta-20-Productos.pdf – Descargado 392 veces – 1.010,07 KB

Descargar “Acta 21 04-09-2019”

2019_09_04_PAMI_Acta-21-productos-1.pdf – Descargado 397 veces – 625,71 KB

Descargar “Acta 23 18-09-2019”

2019_09_18_PAMI_Acta-23-productos-1.pdf – Descargado 414 veces – 492,49 KB

Descargar “Acta 24 24-09-2019”

2019_09_25_PAMI_Acta-24-productos-1.pdf – Descargado 388 veces – 446,58 KB

29/08/2019

ALTAS VADEMÉCUM PAMI

A continuacion puede acceder al comunicado oficial por parte del Instituto, donde informan las altas y bajas de productos al vademécum vigente.

Las altas tendrán vigencia desde el día 2 de septiembre y las bajas a partir del 27 de septiembre próximo.

Descargar “Acta-Nº-20-Productos-Altas y Bajas - 29/08/2019”

2019_08_29_PAMI_Acta-Nº-20-Productos.pdf – Descargado 396 veces – 1.010,07 KB

16/05/2019

ALTAS y BAJAS VADEMÉCUM PAMI

Acceda al comunicado oficial por parte del Instituto, donde informan las altas y bajas de productos al vademécum vigente.

Las altas tendrán vigencia desde el día 21 de mayo próximo y las bajas se harán efectivas desde el 14 de junio venidero.

Carátula de presentación:

Se deberá presentar el CIERRE DE PAMI que se emite en la pagina FACAF por triplicado : colocando uno dentro de la bolsa y dos copias afuera de la misma

 

 

Observaciones:

05/02/2023

A partir de febrero del 2023 el precio por dispensa de Suplementos a las personas afiliadas será de  $ 1234,18 por receta incluida en la liquidación

09/06/2021

Remitimos ultimo comunicado enviado por FACAF referido al  Uso Racional de Medicamentos en PAMI

Descargar “USO-RACIONAL-DE-MEDICAMENTOS-PAMI”

2021_06_09_USO-RACIONAL-DE-MEDICAMENTOS-PAMI.pdf – Descargado 391 veces – 523,46 KB

10/03/2020

Remitimos de FACAF

Estimados:

Enviamos guía a seguir para dar una solución rápida a aquellas farmacias que se les presenta el error en PAMIWEB, que les vuelve a pedir los datos de acceso a la misma una vez logueados.

 

Esta solución es para aquellos que utilizan el navegador «Google Chrome», ya que el error no se presenta en otros navegadores;por cual siempre recomendamos que se utilice el navegador «Mozilla Firefox».

Saludos

Descargar “Pasos para Utilizar PamiWeb en Google Chrome”

2020_03_10_Pasos-para-Utilizar-PamiWeb-en-Google-Chrome.pdf – Descargado 426 veces – 290,85 KB

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Nos ponemos en contacto a los fines de hacerles llegar el INSTRUCTIVO, que envía FACAF, para cambiar la clave y contraseña que les permite ingresar al validador de PAMI.

Esto es a los fines de aumentar los niveles de seguridad del sistema y cumplir con los requerimientos que PAMI solicita.

Cada farmacia deberá realizar el cambio, en forma individual, a partir de las 0:00 horas del día Sábado 06 de julio del corriente año; para ver en detalle los pasos a seguir consulte el INSTRUCTIVO.

Descargar “Instructivo Cambio de contraseña PAMIWEB”

2019_07_04_Manual-de-Usuario-PAMIWEB-2.pdf – Descargado 694 veces – 250,95 KB