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Recetario

09/03/2023

Descargar “Resolución Recetas Digitales 03-2023”

Acta_recetas-digitales_2023_03.pdf – Descargado 163 veces – 171,52 KB

 

  • Oficial.
  • Recetarios Electrónicos.
  • Particular del Médico (Rp).
  • Fotocopias con la fecha actualizada y leyenda copia fiel del original emitidas por Caja Notarial para aquellos afiliados con tratamientos crónicos.

Implementación de Medidas especiales COVID-19

Importante:

Informamos  por este periodo  de cuarentena que se acepta la presentación y posterior facturación de indicaciones médicas  electrónicas ya sea por WhatsApp, mail , foto o impresas.

Validez del recetario:

30 días desde su emisión

Datos a tener en cuenta por la Farmacia:

Datos contenidos en la Receta: 1. Nombre y apellido del beneficiario. 2. Nº afiliado beneficiario 3. Fecha de prescripción (vencerá indefectiblemente a los 30 días de su emisión). 4. Medicamentos recetados 5. Firma y sello del profesional que prescribe. 6. Diagnóstico de la afección que motiva la prescripción. 7. Conformidad del beneficiario con firma y aclaración en el RP (al momento del expendio del/los medicamento/s)

Prescripción:

25/09/2023

Desde el día de la fecha se aceptarán para Plan Ambulatorio hasta 2 envases por renglón.

  • Correcta consignación de todos los datos en las órdenes de medicamentos, en particular en lo referente a la categorización, consignando los últimos dígitos que identifican al titular o familiar.

Cantidad y tamaños en la prescripción:

  • Plan Ambulatorio
    • Hasta 4 (cuatro) especialidades por receta.
    • Hasta 4 (cuatro) unidades por receta.
    • Hasta1(uno)envase tamaño mayor o siguiente por receta.
    • Hasta 1 (uno) envase tamaño chico por renglón.
    • Hasta 1 (uno) envase del mismo medicamento por día, al mismo afiliado.
    • Anticonceptivos: 1 (uno) envase por mes.
  • Antibióticos inyectables:
    • Antibióticos inyectables Monodosis: hasta 5 (cinco) unidades.
    • Antibióticos inyectables Multidosis: hasta 1 (uno) unidad.

Dispensacion:

10/10/2023

Se informa que ya no será necesario que figure la monodroga en la prescripción de los medicamentos solicitados ni que figure la edad del afiliado. También se recuerda que las fotocopias de recetas son válidas únicamente cuando estén autorizadas con firma y sello de la obra social que avale copia fiel al original.
  • En los recetarios para el expendio de medicamentos ambulatorios prescriptos por el profesional médico, deberán adjuntarlos troqueles correspondientes, adheridos al recetario con Goma de Pegar (  Voligoma, plasticola ). No utilizar broches ni cinta.
  • La farmacia deberá cumplimentar lo siguiente:
    • El farmacéutico deberá controlar que el nombre genérico del medicamento prescripto por el profesional médico esté debidamente consignado en el recetario.
    • Optativamente el profesional médico además podrá sugerir un NOMBRE COMERCIAL.
    • El farmacéutico deberá informar al afiliado las distintas marcas comerciales disponibles y sus respectivos precios, que correspondan al genérico prescripto.
    • El afiliado optará entre las distintas marcas comerciales ofrecidas.
    • ADJUNTAR A LA RECETA COPIA DEL TICKET FISCAL O FACTURA B O C, La falta del mismo será motivo de débito.
  • Cuando no se cumpla con los requisitos precedentes, la Obra Social procederá indefectiblemente a la devolución de la documentación o en su defecto se originarán demoras en su acreditación, ya que el proceso de auditoría se verá demorado.

Cantidad y tamaños en la prescripcion:

Plan ambulatorio: * Hasta 4 especialidades por receta. * Hasta 4 unidades por receta. Hasta 2 envases tamaño mayor o siguiente por receta. * Hasta 2 envases tamaño chico por renglón. * Hasta 2 envases del mismo medicamento por día, al mismo afiliado. • Antibióticos inyectables monodosis: hasta 5 unidades. • Antibióticos inyectables multidosis: hasta 1 unidad. En el caso de Plan Internación ( previa autorización ) • La prescripción en cuanto cantidad, tamaños y unidades por receta es sin límites. * Por receta se acepta hasta cuatro medicamentos, y uno caja grande

Planes:

PLANES Y COBERTURAS PLAN COBERTURA VADEMECUM:

  • Ambulatorios 50% Incluido en Validador
  • Anticonceptivos (todos los métodos anticonceptivos de venta bajo receta) 100% Incluido en Validador
  • PMI 100% Incluido en Validador
  • Vacunas (incluidas o no en el calendario oficial de PMO) 100 % sin rango de edad a excepción de la vacuna contra el HPV con cobertura al 100 % hasta los 11 años de edad y luego tiene solo cobertura de 50%.

PLAN MATERNO INFANTIL 

  MEDICAMENTOS

  • En el caso de beneficiarios de entre 0 y 12 meses, la cobertura de medicamentos será del 100%.
  • En el caso de recetas cuyo diagnóstico sea embarazo la cobertura de medicamentos será del 100%.

LECHES:

En el recetario debe estar especificado “plan materno”, y los meses del bebé.

Hasta los 12 meses: al 100 %, cubre 4 latas  de 800 gr, 8 latas de 400 grs o 4 packs ( uno por semana ) de 200 ml x 30 por mes.

En la receta del Médico debe figurar como diagnóstico leche Maternizada o Leche Medicamentosa según el caso.

 

-Después del año: al 50 % con Informe Archivado, para leches Medicamentosas únicamente. El afiliado realiza el trámite en la Obra Social y presenta una copia del Informe Archivado junto a la receta en la farmacia. En la receta del Médico debe figurar como diagnóstico Leche Medicamentosa.

Bonificación:

  • Córdoba capital: 7 % sobre total facturado.
  • Alta Gracia, Río Cuarto, San Francisco, Villa Carlos Paz y Villa María :  6 % sobre total facturado.
  • Resto de Localidades : 3,5% sobre total facturado

Exclusiones:

  • EXCLUSIONES:  ANESTESICOS ü ANOREXIGENOS ü ANTIOXIDANTES Y MEDICAMENTOS CON GINSENG ü ANTITABAQUICOS ü ARTICULOS DE COSMÉTICA ü CITOSTATICOS ü CONTRASTES RADIOLOGICOS ü DERMATOLOGICOS DE USO ESTETICO ü DIETETICOS ü DESCARTABLES (en ambulatorio) ü EDULCORANTES ü EVACUANTES INTESTINALES DE VENTA LIBRE ü FORMULAS MAGISTRALES ü MATERIAL DE USO QUIRURGICO ü ONCOLOGICOS ü PRODUCTOS HOMEOPATICOS ü PRODUCTOS PARA ALIMENTACION ü PSICOENERGIZANTES Y DESFATIGANTES ü SOLUCIONES INDOLORAS ü SOLUCIONES PARENTERALES ü SUPLEMENTOS DIETARIOS ü SUSTITUTOS DE LA SAL ü TEST PARA DIAGNOSTICOS ü VENTA LIBRE DERMATOLÓGICOS DE USO ESTETICO SIN COBERTURA -ALVININE C.A CON COLÁGENO -ALVININE CON ALOE VERA. -BAGOVIT A CREMA X 200GR -BAGOVIT EMULSIÓN 200GR -BAGOVIT GEL CRISTAL -BENZAMYCIN GEL -BAGOVIT SOLAR -CERALIP CREMA -CELUCREM 60 GR -CREMISONA CREMA 50GR -CENTELLA CREMA 200GR -CENTELLA RAYCREM CREMA -DAYFLEX CREMA 60GR -DAYPLUS C.E CREMA 60GR -DERMAGLOS SOLAR –POST SOLAR-CREMA -ESTRIANON CREMA -HAMIXON P CREMA -HAMIXON B CREMA -HAMIXON F CREMA -LACTOCREN PLUS CREMA X 20GR -LACTOGLICOL EMULSIÓN 20GR -LACTICARE LOCIÓN 120ML -LIPOSOM CREMA 50GR -NUTRALCON CREMA -NEOSTRATA CREMA-GEL -NITEREY CREMA -NIO CREME CREMA-GEL -NIO CREME C-LIPOSOMAS -PURSELINA CREMA -REAFIRMANT CREMA -RAYCREM AE CREMA-EMULSIÓN -RAYCREM PLUS CREMA -SNELL CREMA -TRITERPEN EMULSIÓN 4 NORMAS DE ATENCIÓN N.OBS.0011.07 Fecha de Vigencia:07/09/2009 Fecha de Actualización:30/05/2022 LISTADO DE MEDICAMENTOS SIN COBERTURA ü ALBICAR (en todas sus formas) ü GINSENG (solo o asociado) ü GLUCOVITAN B12 (en todas sus formas) ü IMEDEEN (en todas sus formas) ü INTELIGEN (en todas sus formas) ü PHARMATON-PHARMAFORTMARATHON ü TOTAL MAGNESIANO + VIT. E ü TOTAL MAGNESIANO ANTIOXIDANTE ü TOTAL MAGNESIANO C/ GINSENG ü TOTAL MAGNESIANO SPORT ü TOTAL MAGNESIANO STRESS ü XENICAL ü RADUCTIL ü SALMOCALCIN NASAL -TURGEN EMULSIÓN- MAMÁ -XERODERM CREMA -YSTHEL GEL-CREMA -ZOORDERMINA CREMA.
  • VITAMINAS CON COBERTURAS -TANVIMIL -SUPRADYN FORTE -CAL C VITA -DAYAMINERAL- OPTIMINA PLUS (en todas sus formas)

Reconocimientos:

21/03/2023

CAMPAÑA DE VACUNACION ANTIGRIPAL 2023

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

27/09/2022 – Aclaración Autorizaciones especiales

VALIDACIÓN: SI A través de Mis Validaciones. www.misvalidaciones.com.ar desde el 1/06/2022

Todas las recetas de la obra social deben ser VALIDADAS , aun cuando tengan una previa autorización de Caja Notarial deberá cargarse dicho número en el campo:  número de receta y validarse. 

Importante- Autorizaciones especiales:
Para estos casos la Obra Social transcribirá un Numero de Autorización en las recetas mismas que corresponde al campo: N* de Receta exigido por el Validador.
Dicha validación deberá cumplirse por todas las farmacias SIN EXCEPCION .

La farmacia al ingresar con su usuario y clave a Mis Validaciones, debe colocar en el campo «N° receta» ese código de autorización (En este caso 1912615817770) y en el campo «Fecha receta» la fecha de la misma, una vez hecho eso el sistema informa el estado de la autorización, y si está vigente se deben completar el resto de los campos.

Ejemplo:

Presentación

  • Mensual (1º Presentación) – Con resumen de liquidación DE MIS VALIDACIONES

Vademecum:

No posee, ver exclusiones

Carátula de presentación:

Con resumen de liquidación DE MIS VALIDACIONES

Observaciones:

19/12/2023

El monto límite para la venta ambulatoria es de total facturación: $100.000.

En caso de superarlo se debe solicitar una autorización de auditoría médica de Caja Notarial.

Dicha autorización podrá ser solicitada por la Farmacia expendedora  telefónicamente al 4-221857 int. 216- 218.

14/12/2023

El monto límite para la venta ambulatoria es de total facturación: $ 70000.

En caso de superarlo se debe solicitar una autorización de auditoría médica de Caja Notarial .

Dicha autorización podrá ser solicitada por la Farmacia expendedora  telefónicamente al 4-221857 int. 216- 218.

19/07/2023

El monto límite para la venta ambulatoria es de total facturación: $ 50.000.

En caso de superarlo se debe solicitar una autorización de auditoria médica de Caja Notarial. Dicha autorización podrá ser solicitada por la Farmacia expendedora  telefónicamente al 4-221857 int. 216- 218.

RECONOCIMIENTO PRODUCTO SIN TROQUEL Únicamente por vía de reintegro al beneficiario, previa auditoria del asesor médico. A tal efecto, el beneficiario deberá elevar al Departamento médico la prescripción médica original o en su defecto fotocopia (si el farmacéutico retuviera el original, como consecuencia del expendio de otros productos) y la factura correspondiente dentro de los sesenta (60) días de su adquisición